En circular recibida de nuestra Federación Estatal de MCA-UGT nos informan de que en contactos mantenidos con los responsables de IZAR, hemos conocido y aceptado que IZAR acata la Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2010, que declara el derecho de los trabajadores/as prejubilados/as de IZAR a un incremento retroactivo del 2% durante el año 2008, y declara así mismo indebido el descuento efectuado del 0'6%, por lo tanto:
1)- IZAR en la nómina del mes de enero hará la devolución de los salarios descontados del 2008 (0'6%).
2)- IZAR a su vez, aplicará con la nómina del mes de enero del 2011, la diferencia entre el 1% percibido y el 3% del IPC definitivo del ejercicio 2010.
3)- Por todo ello NO SERÁ NECESARIO interponer demandas individuales para la reclamación del 0'6% (descuento del 2008) y del 1'2% del 2009, ya que la exigencia de consolidación en las tablas, se recoge en la demanda de Conflicto Colectivo, interpuesta por MCA-UGT a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
A medida que recibamos noticias al respecto seguiremos informando.
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